
El Panel
hace una revisión de la queja inmediatamente y toma una decisión inicial si la
queja constituye una base de mala conducta policíaca y si El Panel tiene
jurisdicción legal (por ejemplo, si la queja ha sido registrada en una manera
oportuna y la queja es contra el oficial de Departamento de Policía de METRO).
Si el equipo encuentra que no tiene jurisdicción legal o que no hay una
base fundamental para encontrar pruebas de mala conducta, la queja será
desechada por El Panel. Si el equipo encuentra que la queja ha constituido una base
para encontrar que un acto de mala conducta posiblemente ocurrió y existe
jurisdicción legal, la queja es remitida inmediatamente al Departamento de
Asuntos Internos del METRO para ser investigado y la determinación de una
decisión. Cuando el Departamento
de Asuntos Internos hace su decisión y recomendaciones al sherif, el equipo El
Panel revisará la decisión de METRO y llevar acabo un juicio para revisar las
malas conductas presuntas. Durante el juicio,
El Panel puede recibir testimonios y tiene el derecho de llamar a testigos.
Los procesos durante el juicio son confidenciales por ley hasta que la
decisión de El Panel
sea publicada. Si se determina que una conducta mala no ocurrió, la Junta
de Revisión puede desechar la queja. Si
La Junta de Revisión resuelve que una mala conducta ha ocurrido, la Junta de
Revisión puede recomendar que se tomen medidas disciplinarias contra el/la
agente en cuestión. También,
pueden recomendar que se cambien las normas de policía y las prácticas. Por ley, el sherif tiene la autoridad final de resolver cuáles
acciones disciplinarias se van tomar. Por
favor, llame a la oficina de El Panel si tiene preguntas sobre nuestros procesos.